La UE encarga a la EASA una normativa europea común más detallada sobre drones
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La UE encarga a la EASA una normativa europea común más detallada sobre drones

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Los ministros de Transporte de la UE han acordado que sea la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA, por sus siglas en inglés) la que elabore una normativa detallada sobre aeronaves no tripuladas. Se trata de una legislación común para el uso de estos aparatos con fines civiles.

Las normas de la UE sobre aeronaves no tripuladas sentarán los principios básicos para garantizar la protección, la seguridad y la privacidad. El texto ofrece seguridad jurídica a este sector en rápida expansión, al que pertenecen muchas pequeñas y medianas empresas y empresas de nueva creación.

Por razones de seguridad, se han regulado todas las aeronaves no tripuladas, desde los pequeños “juguetes” de pocos gramos de peso hasta las grandes aeronaves sin piloto que pueden ser tan pesadas como un avión y volar a la misma velocidad. En la actualidad la UE tiene competencias para regular las aeronaves no tripuladas de más de 150 kilos, mientras que las más ligeras están sujetas a las normativas nacionales. En todo caso, los eurodiputados tienen la intención de “que los requisitos básicos que deben cumplir los drones de menos de 150 kilos queden incluidos en la legislación de la UE para asegurar coherencia y claridad”, según recoge una nota del Parlamento Europeo fechada el mes pasado y de la que en su momento dio cuenta Infodron.es.

Dado que los riesgos que conlleva el funcionamiento de estas aeronaves varían enormemente, las normas deben ser proporcionadas a esos riesgos, explica el Consejo de la UE, organismo que integra a los ministros de los países miembros en función del tema que vaya a tratar, en este caso son los de Transporte.

En particular, esas normas deben tener en cuenta la medida en que exista un peligro para el tráfico aéreo o las personas que se encuentran en tierra. Las operaciones de mayor riesgo requerirán una certificación, mientras que las aeronaves no tripuladas que presenten un riesgo menor deberán ajustarse tan solo a los mecanismos habituales de vigilancia del mercado de la UE.

En lo que respecta a la protección del medio ambiente, las aeronaves no tripuladas también tendrán que respetar las normas sobre ruido y emisiones de CO2, al igual que cualquier aeronave.

Con arreglo a estos principios, la EASA elaborará una normativa más detallada sobre aeronaves no tripuladas mediante un acto de ejecución de la Comisión. Con ello se facilitará su actualización a medida que avance la tecnología. La EASA ya ha publicado el denominado Reglamento prototipo sobre aeronaves no tripuladas, como recogió Infodron.es el pasado septiembre.

Las medidas de ejecución deben basarse en las mejores prácticas de los Estados miembros y tener en cuenta las características propias de cada uno de ellos, como la densidad de población. Los Estados miembros podrán, además, limitar las operaciones con aeronaves no tripuladas por razones como la protección, la privacidad, la protección de datos o el medio ambiente, del mismo modo que pueden limitar cualquier otro tipo de operaciones aéreas.

Las nuevas normas reforzarán la cooperación entre los Estados de la UE, la Comisión y la EASA en cuestiones de seguridad relacionadas con la aviación civil, tales como la ciberseguridad o los vuelos sobre zonas en conflicto. En aquellas cuestiones que presenten interrelaciones entre seguridad y protección se solicitará la asistencia técnica de la EASA, dado que los asuntos de estricta seguridad nacional son competencia de los Estados miembros. Por lo que se refiere al presupuesto de la EASA, la propuesta inicial de añadir tarifas de ruta como nueva fuente de financiación suscitó ciertas dudas en cuanto a la neutralidad de los costes, así como dificultades de orden jurídico y práctico. Por lo tanto, la financiación de la EASA no se modificará. Conforme al sistema actual, el 70 por ciento de la financiación de la EASA procede del sector y el resto del presupuesto de la UE. Tampoco se creará ningún nuevo mecanismo de supervisión para que la EASA asuma determinadas funciones al respecto. La posible necesidad de resolver deficiencias de seguridad se aborda por otros medios, por ejemplo aprovechando los recursos existentes con la puesta en común de expertos nacionales o mediante una supervisión conjunta realizada por varias autoridades nacionales competentes. Además, los Estados miembros tendrán la posibilidad, si así lo desean, de poner en común y compartir sus recursos para supervisar a las compañías aéreas en grupos compuestos por un máximo de cinco participantes.

En cuanto al modo en el que la propuesta llegará a ser legislación, el comunicado del Consejo de la UE aclara que la orientación general constituirá la posición del Consejo para las conversaciones con el Parlamento Europeo. La adopción del acto jurídico requiere el acuerdo de ambas instituciones.

Como adelantó infodron.es el mes pasado, Europa está intensificando sus esfuerzos para la integración de los drones en el sistema europeo de gestión de la aviación y el tráfico aéreo. Dentro de este impulso ha creado un nuevo mecanismo de coordinación para abordar los requisitos reglamentarios y de investigación y desarrollo de todas las categorías de sistemas aéreos remotamente pilotados (RPAS).

Imagen: EASA

 

Comunicado de prensa del Consejo de la UE con su posición acerca de la normativa sobre drones

 



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