AESA y ENAC evaluarán en España a los organismos para el uso de drones
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AESA y ENAC evaluarán en España a los organismos para el uso de drones

Operaciones con RPAS, nueva legislación. Foto AESA.
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La nueva normativa europea exige para las clases de drones que requieran mayor garantía previa que, antes de su comercialización, sean evaluados por organismos evaluadores de la conformidad notificados. Para ello, en España la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) será la autoridad notificante y la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) se encargará de la acreditación de los organismos notificados en base a la nueva normativa UE.

Europa y su nueva legislación de drones obligará a que las aeronaves y los accesorios de identificación a distancia directa, deban cumplir una serie de requisitos en relación con sus características y funcionalidades específicas, de manera que se atenúen los riesgos que se deriven de su utilización y que estén relacionados con la seguridad del vuelo, la privacidad y la protección de los datos personales, la seguridad o el medio ambiente.

Para las clases de UAS que requieran mayor garantía previa (C1, C2 y C3), el reglamento exige que, antes de su comercialización, sean evaluados por organismos evaluadores de la conformidad que deben haber sido notificados por la autoridad notificante. En nuestro país será AESA la autoridad que debe notificarlos.

Por su parte, ENAC se encargará de la acreditación, por lo que los organismos que deseen ser notificados tendrán que demostrar su competencia técnica mediante esta acreditación. Actualmente, ENAC se encuentra en disposición de recibir solicitudes de acreditación al respecto.

Sobre la nueva regulación europea UAS

 

La Comisión Europea publicó el año pasado el reglamento sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas. Este reglamento considera que los UAS cuya utilización entrañe un menor riesgo, no tengan que someterse a los procedimientos clásicos de conformidad aeronáutica. En su lugar, para demostrar su competencia, estos drones deben someterse a procedimientos de evaluación dentro del marco normativo del marcado CE para poder ostentar la identificación de clase que corresponda en cada caso.

En este sentido, la normativa define tres categorías para clasificar las operaciones con UAS en función del riesgo: abierta, específica y certificada. Estas categorías dependen de las condiciones de la operación pretendida, estableciéndose, entre otros, requisitos que deben cumplir las aeronaves y sus sistemas según el concepto de operación pretendido.

 

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