La nueva normativa europea de drones, un impulso necesario para el sector
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La nueva normativa europea de drones, un impulso necesario para el sector

Operaciones con RPAS, nueva legislación. Foto AESA.
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Las regulaciones de drones de la UE 2019/947 y 2019/945 entraron en vigor el 31 de diciembre de 2020. El marco regulatorio europeo distingue tres categorías operacionales basadas en el riesgo de la operación: abierta, específica y certificada. La nueva normativa es un paso más hacia la consolidación de este sector, “ya que supone homogenizar la norma en toda Europa, que nos va a permitir competir en igualdad de condiciones a todos, pero en el que los operadores españoles entran con ventaja por los seis años de normativa que hemos tenido en nuestro país, de los primeros de Europa en tenerla, y de cuya experiencia ha bebido la nueva norma europea”, explica la directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Isabel Maestre, en una opinión para UNVEX.

Esta nueva normativa se aplicará a todas las operaciones de drones, independientemente de su masa y uso, ya sea profesional o recreativo, incluidos los aeromodelos, y exigirá el cumplimiento de una serie de requisitos técnicos y limitaciones operacionales que variarán en función del riesgo de la operación prevista. Están excluidas de dicha regulación las operaciones de drones realizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones. “El sector ha ido creciendo y aprendiendo gradualmente, pero será a partir de 2021 cuando veremos verdaderamente un sector con una actividad diaria, real y práctica, ya que los drones pueden ser una herramienta muy útil, no solo al servicio de la sociedad, sino como vector de impulso para el sector aéreo en los próximos años”, indica Maestre.

Una de las novedades es que las personas que vayan a utilizar un dron, salvo algunas excepciones como la de los drones de menos de 250 gramos sin cámara, deberán registrarse en AESA para obtener su número de registro único, el cual deberán plasmar en el dron y asegurarse de que está cargado en el sistema de identificación a distancia que deberá equipar la aeronave, si su clase de dron así lo exige.

En este sentido, Maestre detalla que “los drones que no cumplan con los requisitos de identificación de clase podrán seguir utilizándose en la categoría abierta teniendo en cuenta las limitaciones que marca la propia normativa para ello hasta el 1 de enero de 2023. Además, antes de usar un dron es necesario comprobar las zonas geográficas definidas por la agencia sobre dónde se puede volar y en qué condiciones”.

¿Qué más novedades hay en la nueva normativa?

 

En la categoría abierta, no se exige obtener ninguna autorización o realizar ninguna declaración por parte del operador. El piloto debe mantener el dron siempre a la vista, volarlo a menos de 120 metros de altura y alejado de otras aeronaves, personas, entornos aeroportuarios y propiedades. De manera general, las operaciones en categoría abierta no se permiten en zonas urbanas con las salvedades previstas en la normativa nacional.

La principal novedad que introduce la norma es un nuevo enfoque proporcional, centrado en la operación y basado en el riesgo de esta y en el desempeño o rendimiento de la aeronave no tripulada, y desaparece el enfoque del uso del dron, de forma profesional o recreativa, como venía siendo hasta ahora. “De esta forma, los requisitos técnicos, operacionales y de competencia de los operadores de drones/UAS y los pilotos a distancia serán más exigentes a medida que se incrementa el riesgo de la operación”, explica Maestre en la opinión para UNVEX, el mayor evento de drones que se celebrará en el mes de julio de este año.

 

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